El proceso oral en las materias contencioso-administrativa y contencioso-tributaria en Ecuador: breve relato de una transformación gris
Resumen
El presente articulo pretende relatar de modo muy sucinto ciertas particularidades de la inclusión de las materias contencioso-administrativa y contencioso-tributaria en el proceso de audiencias reglado, en Ecuador, por el Código Orgánico General de Procesos (COGEP): su caracterización y las posibles ventajas y desventajas que la transformación procesal ha evidenciado prima facie -y a ojos de este relator- a esta fecha (mayo de 2022). En nuestro país, a partir de la promulgación del COGEP, académicos, jueces y abogados anunciaron abiertamente un sinnúmero de retos y reparos a la transformación procesal impuesta en los ámbitos atribuidos para el litigio de lo contencioso administrativo y lo contencioso tributario, cuya discusión sigue inconclusa. La finalidad que este trabajo persigue es relievar algunos de los posibles aciertos y desaciertos que aún se debaten públicamente sobre el cambio realizado.
Descargas
Citas
Canosa, U. (2003). El proceso civil por audiencias. Novum Jus, (1), 65-78. http://portalweb.ucatolica.edu.co/easyWeb/files/105_16216_el-proceso-civil-por-audiencias.pdf
Cappelletti, M. (1972). La oralidad y las pruebas en el proceso civil. Ediciones Jurídicas Europa América.
Capelletti, M. (1973). El proceso civil en el derecho comparado. Breviarios de derecho. Ediciones Jurídicas Europa América.
Código Orgánico de la Función Judicial [COFJ]. (2009). Suplemento del Registro Oficial No. 544 del 9 de marzo de 2009. Quito, Ecuador.
Código Orgánico General de Procesos [COGEP] (2015). Suplemento del Registro Oficial No. 506 del 22 de mayo de 2015. Quito, Ecuador.
Corte Europea de Derechos Humanos [CEDH]. (1991). Motta judgment of 19 February 1.991, Series A, No. 195-A.
Corte Europea de Derechos Humanos [CEDH]. (1993). Ruiz Mateos vs. Spain judgment of 23 June 1.993. Serie A., No. 262.
Corte Interamericana de Derechos Humanos [CIDH]. (1997). Caso Genie Lacayo vs. Nicaragua. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 29 de enero de 1.997. Serie C., No. 30.
Corte Nacional de Justicia del Ecuador [CNJ]. El principio de oralidad en la administración de justicia. Imprenta de la Gaceta Judicial.
Corte Nacional de Justicia [CNJ]. (2017). Resolución No. 14-2017. Registro Oficial No. 50 de 03 de agosto de 2017.
Chiovenda, G. (1954). Instituciones de Derecho Procesal Civil. Tomo III. Editorial Revista de Derecho Privado.
Chueca, A. (1994). La sentencia dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Ruiz Mateos. Derechos y Libertades. Revista del Instituto Bartolomé de las Casas, 554-570. http://e-archivo.uc3m.es/bitstream/10016/1505/1/DL-1994-II-3-Chueca.pdf
Consejo de la Judicatura. (2022). Informe Estadístico Jurisdiccional Anual. Dirección Nacional de Estudios Jurimétricos y Estadística Judicial.
Dussán, O. (2009). La conciliación en la jurisdicción contenciosa administrativa. Prolegómenos: Derechos y Valores, XII (24), 229-238.
Galán, G. (2013). El plazo razonable en los procedimientos administrativo-tributarios. Revista Actualidad Jurídica, (54).
Gelsi, A., & Véscovi, E. (1974). Bases uniformes para la reforma de la legislación procesal civil de los países Latinoamericanos. Instituto Uruguayo de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.
Instituto Ecuatoriano de Derecho Procesal [IEDP]. (2007). Proyecto de Código de Procedimiento Civil. Quito: IEDP. https://iedp.org.ec/proyecto-de-codigo-de-procedimiento-civil-2007/
Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal [IIBDP]. (2017). Código Procesal Civil. Modelo para Iberoamérica. Montevideo: IIBDP. http://www.politicaeprocesso.ufpr.br/wp-content/uploads/2017/02/cpcmodeloespanhol.pdf
Montero, J. (2001). Los principios políticos de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil. Los poderes del juez y la oralidad. Editorial Tirant Lo Blanch.
Muñoz, A. (2018). “La deseable generalización de la doble instancia en la jurisdicción contencioso-administrativa”. Revista española de derecho administrativo, No. 193. Civitas.
Ojeda, A. (2013). Viabilidad y perspectivas de la oralidad en el proceso contencioso administrativo”. En Corte Nacional de Justicia del Ecuador (CNJ) (ed.), El principio de oralidad en la administración de justicia (págs. 43-82). Imprenta de la Gaceta Judicial.
Palomo, D. (2008). La oralidad en el proceso civil, el nuevo modelo español. Librotecnia.
Pérez, M. (2013). Viabilidad y perspectivas de la oralidad en el proceso contencioso tributario. En Corte Nacional de Justicia del Ecuador (CNJ) (ed.), El principio de oralidad en la administración de justicia (págs. 83-100). Imprenta de la Gaceta Judicial.
Quiroga, A. (2011). Proceso contencioso administrativo: principios y debido proceso, en proceso y constitución. Ara Editores y Pontifica Universidad Católica del Perú.
Rojas, C. (2016). La mediación administrativa. ICADE. Revista cuatrimestral de las Facultades de Derecho y Ciencias Económicas y Empresariales, (98), 183-200.
Toscano, J. (2012). La ejecución de la sentencia y el debido proceso. Ediloja Cia. Ltda.
Véscovi, E. (1996). La reforma de la justicia civil en Latinoamérica. Editorial Temis.
Derechos de autor 2023 Gabriel Santiago Galán Melo

Esta obra está bajo licencia internacional Creative Commons Reconocimiento 4.0.
Los autores que publican en esta revista están de acuerdo con los siguientes términos:
1. Los autores conservan siempre los derechos de autor. A la vez, garantizan a la revista el derecho de ser la primera en publicar su trabajo bajo una licencia Creative Commons Attribution 4.0 que permite a otros compartir el trabajo con un reconocimiento de la autoría del trabajo y del hecho que se ha publicado en esta revista.
2. Los autores saben y aceptan que el equipo de Ius Humani procurará darle a sus contribuciones la mayor difusión posible. Ello implica distribuir sus contenidos en la versión periódica impresa, en el sitio electrónico de la Revista, en diversas bases de datos y en índices científicos.
3. Los autores pueden establecer por separado acuerdos adicionales para la distribución no exclusiva de la versión de la obra publicada en la revista (por ejemplo, situarla en un repositorio institucional o publicarla en un libro), con un reconocimiento de su publicación inicial en esta revista.
4. Se permite y se anima a los autores a difundir sus trabajos electrónicamente (por ejemplo, en repositorios institucionales o en su propio sitio web) antes y durante el proceso de envío, ya que puede dar lugar a intercambios productivos, así como a una citación más temprana y mayor de los trabajos publicados (Véase The Effect of Open Access) (en inglés).