Neoconstitucionalismo, nuevo constitucionalismo latinoamericano y procesos constituyentes en la región andina
Resumen
El objetivo del escrito es dar cuenta de la importancia que atribuyen las constituciones inspiradas en el denominado nuevo constitucionalismo latinoamericano a la participación popular en materia de cambios constitucionales. En esa medida el análisis se efectuará en clave comparada. Con este fin, en primer momento, se diferencia entre neoconstitucionalismo y nuevo constitucionalismo latinoamericano, posteriormente, se describe la influencia del nuevo constitucionalismo latinoamericano en los procesos de creación y reforma de las Constituciones de Colombia, Venezuela, Ecuador y Bolivia. Posteriormente se dedica un capítulo a analizar el caso Ecuador, donde se da cuenta de la inconsistencia presente en términos de participación que existe entre el modelo contemplado en el texto constitucional y la práctica política y jurídica. Se termina con cinco conclusiones que muestran lo que nos falta por recorrer en el neoconstitucionalismo de la región en el tema de la verdadera participación. Especial hincapie se hace sobre cómo el inadecuado diseño constitucional ha dado como resultado una suerte de divorcio entre la parte orgánica y la parte dogmática de la Constitución del Ecuador.
Descargas
Citas
Bobbio, N. (1993). Positivismo Jurídico. Trad. y estudio introductorio de Rafael de Asís Roig & Andrea Greppi. Madrid: Debate.
Colón Ríos, J. (XII-2015). Apuntes sobre Legitimidad Democráticas y Asambleas Constituyentes. Revista Argentina de Teoría Jurídica, 16, 1-11.
Comanducci, P. (2010). Constitucionalización y neoconstitucionalismo. En Canon Neocostitucional. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.
Gargarella, R. (11-14 de junio de 2015). Lo “viejo” del nuevo constitucionalismo latinoamericano. En Memorias Encuentro SELA. Río de Janeiro: Universidad de Yale.
Landau, D. (2015). Derechos Sociales y límites a la reforma constitucional: la influencia de la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana en el derecho comparado. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.
Navas Alvear, M. (2012). Lo público insurgente. Crisis y construcción de la política en la esfera pública. Quito: Intiyan ediciones (Ciespal).
Parker, R.D. (1993). “Here the people rule”: A constitutional populist manifiesto. Valparaiso University Law Review, 27(3), 531-584.
Pisarello, G. (2014). Procesos constituyentes. Caminos para la ruptura democrática. Madrid: Trotta.
Ramírez Cleves, G. (2005). Límites de la reforma constitucional en Colombia. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.
Salazar Ugarte, P. (2013). El nuevo constitucionalismo latinoamericano. En El constitucionalismo contemporáneo. Homenaje a Jorge Carpizo, Luis
González Pérez & Diego Valadés (coords.). México: UNAM.
Salgado, H. (2009). El proceso constituyente de Ecuador. Algunas reflexiones. En Procesos constituyentes contemporáneos en América Latina.
Tendencias y perspectiva, José María Serna de la Garza (coord.). México: UNAM.
Sastre, S. (2005). La ciencia jurídica ante el neoconstitucionalismo. En Neoconstitucionalismo(s), Miguel Carbonell (ed.). Madrid: Trotta.
Viciano Pastor, R. & Martínez Dalmau, R. (2010). Aspectos Generales del nuevo constitucionalismo latinoamericano. En El nuevo constitucionalismo de América Latina. Memorias del encuentro internacional El nuevo constitucionalismo: desafíos y retos para el siglo XXI. Quito: Corte Constitucional Ecuador.
Normativa y jurisprudencia
Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia de 2009.
Constitución Política de Colombia de 1991 (Gaceta Constitucional, n° 114).
Constitución Política del Ecuador de 1998 y 2008.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 2009.
Corte Constitucional Ecuador, Dictamen 001-11-RC.
Corte Constitucional Ecuador, Dictamen 001-14-RC.
Ecuador, Mandato Constituyente n° 1 (R.O. Supl. 223, de 30-XI-2007).
Derechos de autor 2016 Jorge Benavides Ordóñez

Esta obra está bajo licencia internacional Creative Commons Reconocimiento 4.0.
Los autores que publican en esta revista están de acuerdo con los siguientes términos:
1. Los autores conservan siempre los derechos de autor. A la vez, garantizan a la revista el derecho de ser la primera en publicar su trabajo bajo una licencia Creative Commons Attribution 4.0 que permite a otros compartir el trabajo con un reconocimiento de la autoría del trabajo y del hecho que se ha publicado en esta revista.
2. Los autores saben y aceptan que el equipo de Ius Humani procurará darle a sus contribuciones la mayor difusión posible. Ello implica distribuir sus contenidos en la versión periódica impresa, en el sitio electrónico de la Revista, en diversas bases de datos y en índices científicos.
3. Los autores pueden establecer por separado acuerdos adicionales para la distribución no exclusiva de la versión de la obra publicada en la revista (por ejemplo, situarla en un repositorio institucional o publicarla en un libro), con un reconocimiento de su publicación inicial en esta revista.
4. Se permite y se anima a los autores a difundir sus trabajos electrónicamente (por ejemplo, en repositorios institucionales o en su propio sitio web) antes y durante el proceso de envío, ya que puede dar lugar a intercambios productivos, así como a una citación más temprana y mayor de los trabajos publicados (Véase The Effect of Open Access) (en inglés).