La derogada prohibición de bautizo y matrimonio religioso, sin el trámite, aprobación y registro previo del estado
Resumen
El presente trabajo explica cómo ha evolucionado la regulación registral ecuatoriana relacionada con la prohibición de celebrar el bautismo y el matrimonio religioso sin previamente haber gestionado el registro de identidad y haber realizado el matrimonio civil. Curiosamente esta prohibición nació en la legislación ecuatoriana con el advenimiento del Estado laico. Varios constitucionalistas observaron desde entonces que era una tremenda contradicción proclamar la separación de Iglesia y Estado, y permitir que el Estado controle los sacramentos de la comunidad cristiana imponiendo prohibiciones. Afortunadamente, las últimas reformas normativas del Registro Civil han dejado insubsistente tal prohibición. No obstante, algunos sectores eclesiásticos siguen actuando como si todavía subsistiera. Estas cuestiones se analizan con método casuístico, histórico y legal que ilustra cómo ha evolucionado la regulación y cuál es hoy la norma nacional vigente. El análisis se divide en cuatro partes. La primera, expone el problema a tratar; explicando la continuidad de los usos de la Iglesia Católica, pese al cambio normativo. La segunda parte, delimita ciertos casos en donde ya no es conveniente que la Iglesia exija el certificado civil para oficiar los ritos eclesiásticos. La tercera, brinda una perspectiva histórico-jurídica de la legislación ecuatoriana. Finalmente, se concluye que hoy ha dejado de existir la prohibición de celebrar bautismo y matrimonio religioso sin que medien los registros estatales, y se exhorta a las autoridades cristianas a revisar si sus prácticas pueden adecuarse mejor al nuevo esquema jurídico.
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Citas
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Derechos de autor 2021 Juan Carlos Riofrío Martínez-Villalba, Jaime Baquero de la Calle Rivadeneira, Pablo Marcelo Espinosa Quiroz, Juan Pablo Aguilar González

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